Recordando algunos aspectos y otras referencias sobre el llamado Marco Histórico, Geográfico y Legal de las Vías Pecuarias

Una visión integradora y un recorrido por la historia de forma esquemática

            En uno de los primeros comentarios escribía que el hilo conductor que guiaría esta aproximación al mundo de las Vías Pecuarias sería el enfoque integral, trataría de seguir una perspectiva holística, entendiendo por tal, las Vías Pecuarias en un íntegro y complejo entramado territorial, histórico y legal que hoy llamamos España.

            Sin caer en determinismos que a veces algún tipo de Geografía anima a postular, si se puede asegurar que los condicionamientos geográficos han ayudado históricamente en la formación de la malla viaria que llamamos Vías Pecuarias y que durante siglos han sido el soporte y conducto de vida, sobre todo de tránsito animal, dando lugar a lo que más tarde hemos conocido como actividad trashumante.

            Si para algunos ecologistas y naturalistas contemporáneos el sentir trashumante lo inauguran como comportamiento natural las manadas de animales prehistóricos a partir de los cambios climáticos producidos en la transición Pleistoceno – Holoceno, como hipótesis de partida cuando menos resulta interesante, sin embargo hay coincidencia y evidencia a la hora de señalar a la institución de la Mesta como pionera y gran organización encargada de velar entre otras cuestiones por la entonces llamada “Cabaña Real”, quizás el hecho económico más relevante para la Corona Española en los siglos XV y XVI, época en que la ganadería lanar gozaba de gran proteccionismo.

            Si el siglo XIII contempló el nacimiento del Honrado Concejo de la Mesta (Alfonso X “El Sabio” 1273) ha sido en el siglo XIX con la desaparición del llamado “Antiguo Régimen”, el período que asistió a la caída y sustitución por otra organización, la Asociación General de Ganaderos, que si bien trató en algunos momentos de mantener los privilegios que disfrutaban los mesteños, al final no pueden y el deterioro para todo el sistema mesteño se hace evidente.

            Son los vientos liberales y el empuje de la agricultura quienes entre otras cuestiones, arrinconan los antiguos usos y costumbres mesteñas, así Olavide y Jovellanos representativa muestra de los ilustrados españoles, “coinciden en el diagnóstico pero difieren en la forma de llevarlo a cabo, incluso Olavide dice que la protección legislativa deparada hasta entonces a la ganadería había destruido la labranza sin favorecer siquiera la cría ganadera”.

            Las fechas son contundentes, en el bienio 1835-37 se promulgan las conocidas leyes de Mendizábal sobre la desamortización, en 1836 desaparece la Mesta.

            A finales del siglo XIX y principio del XX el Sindicato de Policía Rural es potente y presiona hasta el punto que la Asociación General de Ganaderos del Reino se ve impotente en diferentes casos, sobre todo cuando se trataba de hacer respetar la red viaria que había servido al tránsito ganadero durante siglos.

            Hay que resaltar que al hecho geográfico le acompaña el devenir histórico de cada época, constituyendo al final un corolario de hechos concatenados también social y económicamente.

            Si por algo se han caracterizado las Vías Pecuarias en el último siglo y medio ha sido por asistir receptivamente al desarrollo de un marco legal propio, que por otra parte cuando de caminos rurales se trata, es toda una suerte o peculiaridad.

            En este sentido hay que remarcar la Real Orden de 3 de febrero de 1871 que dispuso “la formación de un mapa pecuario en el que se deslinden de una manera concreta y exacta los caminos pastoriles, con las servidumbres que correspondan”.

          “El Gobierno, oído el dictamen de la AGG, podrá suprimir los caminos que considere innecesarios, utilizando o vendiendo sus terrenos, y abrir los nuevos que crea indispensables para la ganadería”.

          No se llevó a cabo pero la importancia radica en que la innecesariedad de las Vías Pecuarias será el fundamento de la futura legislación desamortizadora.

            El Reglamento de 1877 en su art. 8 dice: “Las servidumbres pecuarias necesarias para la conservación de la Cabaña española y el tráfico de reses son: cañadas, cordeles, veredas, coladas, abrevaderos, descansaderos y pasos. Son cañadas las vías pastoriles que cruzan varias provincias; su anchura es de 75 metros (90 varas). Son cordeles las vías pastoriles que afluyen a las cañadas o ponen en comunicación dos provincias limítrofes; su anchura es de 37,5 metros (45 varas). Son veredas las vías pastoriles que ponen en comunicación varias comarcas de una misma provincia; su anchura es indeterminada, pero generalmente no pasa de 20,83 metros (25 varas), son coladas las vías pastoriles que median entre varias fincas  de un término; su anchura, así como la extensión de los abrevaderos, es indeterminada. Los pasos son las servidumbres que tienen algunas fincas para que por ellas, levantados los frutos, puedan cruzar los ganados”.

            Luego vendría el Código Civil en 1889 y sólo tres años más tarde un Real Decreto de 1892 que incorpora el concepto de demanialidad arrinconando así un poco ese tradicional carácter de servidumbres que tradicionalmente habían tenido las Vías Pecuarias.

            El Real Decreto de 1924, otro de 1931, otro de 1944, la Ley de 1974 y finalmente la vigente Ley 3/1995 que descansa en lo que las CCAA quieran realmente hacer.

            Hoy existe un marco legal supranacional en materia medioambiental, el de la UE que afecta sobre todo a las políticas Agrarias y Rurales, de allí proceden un conjunto de directrices que son sensibles y conservacionistas  en lo que a entornos específicos se refieren.

Fuentes de Información señaladas en los comentarios que hacen alusión al Marco Histórico, Geográfico y Legal de las Vías Pecuarias por orden de aparición.

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3 comentarios

  1. preservar la diversidad de colombia,impidiendo la tala de arboles yla destruccion de nuestras cuencas hidrograficas. no olvidemos ha nuestros animales, ellos son parte importante de la naturaleza.

  2. Hola Goyo ¿que es de tu vida? Hace mucho que no se nada de ti. Un abrazo

  3. Deseo cerrar una finca en la provincia de Palencia, la mitad es urbana y la otra mitad no urbanizable, quiero cerrarla toda ella , en la parte urbana se que tengo que dejar 10 metros de paso pero en la parte no urbanizable lo desconozco, la distancia que tengo que dejar ya que limita a un paso de servidumbre peatonal con acceso a bodegas.

    En espera de su contestación le saluda

    gregorio gutierrez

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