Hola María,
La Comisión ha desarrollado diferentes herramientas informáticas para cumplir con las obligaciones de REACH.
Todas las empresas que tengan que registrar una sustancia tendrán que enviar la solicitud de registro a la Agencia mediante el formato electrónico IUCLID 5 (ver artículo 111 del Reglamento REACH). Está ya disponible en la página web de la Agencia y es gratuito y se puede descargar localemnet en un ordenador personal.
Habrá otros datos que haya que enviar a la Agencia como pueden ser: los datos de pre-registro, notificaciones, solicitud de autorización que se rellenarán directamente on-line en el Portal de la agencia (esto está aún desarrollándose, para más información:
http://ecb.jrc.it/reach-it_informatics/
Por último toda la información que los usuarios intermedios tengan que transmitir a lo largo de la cadena, lo harán de forma gratuita bien por vía electrónica o en papel.
A los que tengáis que manejar IUCLID, ÁNIMO.