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lunes, 12 de octubre de 2009

 

Por el momento y hasta que a finales de este año se pueda acceder a la base de datos de las sustancias registradas, la ECHA nos ofrece la lista de las 156 sustancias que han presentado el dossier completo de registro antes del 24 de Septiembre.


Esto supone una información de gran relevancia para las empresas que las fabrican, importan, y/o comercializan; pero también para todos los usuarios de estas sustancias como tal o en mezclas. De hecho, con el registro de las sustancias y la modificación de las correspondientes Fichas de Datos de Seguridad en el caso de las sustancias que deban clasificarse como peligrosas, atendiendo tanto a la normativa vigente hasta ahora, sobre clasificación, etiquetado y envasado como al Reglamento CLP, las empresas tendrán más facilidad para controlas los riesgos de estas sustancias, al disponer de los escenarios de exposción, pero también deberán tomarse más en serio de lo que lo están haciendo hasta ahora el cumplimiento de los reglamentos REACH y CLP, ya que quien no cumpla con las obligaciones establecidas para los distintos tipos de actividad, se quedarán fuera del mercado.

Podemos consultar el listado de sustancias registradas en el siguiente enlace: http://echa.europa.eu/chem_data/registered_substances_en.asp

Lamentablemente, al tiempo de las dificultades técnicas y económicas que supone la aplicación de estos dos reglamentos en las empresas europeas, el principal problema es actualmente la falta de información y de concienciación de todos los sectores, sobre los requisitos que deben cumplir prácticamente la totalidad de las actividades industriales en nuestro país.

Desde luego en este caso no se podrá seguir la costumbre española de esperar a que el Régimen Sancionador sea aprobado y de aplicación en todas las comunidades autonómicas, para ponerse al día con estas normativas, si no que en relación con la aplicación de otras legislaciones, como ocurre con las actividades que requieren de Autorización Ambiental Integrada, los aspectos relacionados con el ámbito de la Salud Laboral o en relación con el derecho a la información de los consumidores.

Las empresas que utilizan estas sustacias van a empezar a recibir los nuevos formatos, contenidos y requisitos de las Fichas de Datos de Seguridad y/o las etiquetas, y tendrán que aplicar los escenarios de exposición propuestos y facilitar información sobre sus condiciones concretas de uso obtenida a partir de la generada por aplicación del REACH para elaborar los informes pertinentes en cuanto a seguridad laboral, emisiones, vertidos,…etc , lo que obligará de alguna manera a dejar de mantenerse al margen de las obligaciones que establecen estos reglamentos y ponerse al día antes de que sea demasiado tarde.

Así que de momento esperamos que las empresas tomen esta información que nos  facilitan desde la ECHA como un “aviso para navegantes” y no pierdan ni un minuto más para informarse sobre los requisitos que tienen que cumplir en relación con el REACH y el CLP y poder así garantizar el uso seguro de los productos que utilizan y con ello, la salud de trabajadores y consumidores, y la protección del medio ambiente.

EL TIEMPO ES ORO!!!

Un saludo

José Ramos

 

 

7:26 | gestionado por María Jose Ramos y Beatriz Latre | Enviar comentario (1)

viernes, 28 de agosto de 2009

El pasado 20 de Enero entró en vigor el nuevo Reglamento (CE) Nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP), por el que se modifican y derogan las normativas utilizadas hasta ahora para clasificar las sustancias y preparados (Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE), además de modificar el propio Reglamento REACH. Ahora la ECHA acaba de publicar un Documento de Orientación para facilitar su aplicación, así como una guía introductoria a dicho documento.


Como ya sabréis la mayoría, el pasado 20 de Enero entró en vigor el nuevo Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP), lo que supone una serie de importantes cambios a tener en cuenta, no sólo en cuanto a las directivas vigentes sobre clasificación (Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE), sino también del propio Reglamento REACH, quedando derogado el Titulo XI referente al Catálogo de Clasificación y Etiquetado, además de modificarse varios artículos así como el contenido de algunos de sus anexos.

Dada la complejidad de la aplicación de este reglamento, la ECHA acaba de publicar en su web dos documentos al respecto:

El primero de ellos, es una introducción al propio Documento de Orientación del Reglamento CLP. En él se presenta de manera asequible (aunque por el momento solo en inglés) información relevante que permite conocer desde las obligaciones por agentes, el calendario de aplicación que combina los plazos establecidos por el REACH y el CLP a una comparativa sobre los términos utilizados hasta ahora y los que establece esta nueva normativa,  entre otros temas (http://guidance.echa.europa.eu/docs/guidance_document/clp_introductory_en.pdf?vers=24_08_09)

El segundo, es propiamente el Documeto de Orientación para la aplicación del propio Reglamento CLP, con un contenido puramente científico y técnico (http://guidance.echa.europa.eu/docs/guidance_document/clp_en.pdf?vers=20_08_09)

Por lo tanto, os invitamos a que al tiempo que nos seguimos poniendo al día sobre el Reglamento REACH aprovechemos todas las ayudas que nos llegan, como estos documentos que acaba de publicar la ECHA, ya que como tod@s vosotr@s ya sabéis, el Reglamento CLP es una normativa estrechamente relacionada en su aplicación, con el REACH.

Un saludo a tod@s

Mª José Ramos

8:24 | gestionado por María Jose Ramos y Beatriz Latre | Enviar comentario (0)

domingo, 09 de agosto de 2009

ESTAMOS DE ENHORABUENA! Ya son tres l@s españoles, dos mujeres y un hombre, con cargos de responsabilidad dentro de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). 


 Hola a tod@s

Aunque para much@s de vosotr@s es tiempo de vacaciones, no hemos querido dejar pasar una buena noticia para tod@s, ya que entre los puestos de responsabilidad de la ECHA tenemos una importante representación española. Por ese motivo queremos invitaros a que consultéis el último número de la publicación Newsletter que edita cada dos meses la ECHA, donde se recoge información relevante sobre el funcionamiento de la Agencia, temas y datos de interés acerca de la implementación en la Unión Europea del Reglamento REACH y entrevistas con algunas de las personas que trabajan allí.

El boletín correspondiente a los meses de Julio y Agosto lo podéis descargar en el siguiente enlace: http://echa.europa.eu/doc/press/newsletter/echa_newsletter_2009_08_07.pdf 

En este número queremos destacar la entrevista que le han hecho a la española Pilar Rodríguez Iglesias, responsable de la Unidad de Helpdesk y Documentos de Orientación de la ECHA.

España cuenta con una representación importante en puestos de responsabilidad en la ECHA. Además de Pilar Rodríguez en el cargo mencionado, Mercedes Ortuño fue nombrada en el primer trimestre de este año como Presidenta del Comité de Apelación (aparecía en Newsletter de Marzo/Abril  2009: http://echa.europa.eu/doc/press/newsletter/echa_newsletter_2009_04_08.pdf) y recientemente ha sido elegido José Vicente Tarazona, como Presidente del Comité de Evaluación de Riesgos (RAC).

Desde este blog nos sentimos de enhorabuena al poder contar con la participación de estas personas en  cargos de tanta relevancia y con la responsabilidad que conlleva el tomar parte activa en las decisiones de la ECHA en relación con la implementación de una normativa de tanto alcance, no sólo para Europa, sino para el resto de los países del mundo, por las consecuencias derivadas de su aplicación y la consecución de los objetivos que establece el REACH basados en la protección de la salud y el medio ambiente respecto al uso, fabricación e importación de sustancias y mezclas químicas.

Es una satisfacción saber que en nuestro país contamos con expert@s de reconocido prestigio a nivel europeo que han sido seleccionad@s para desempeñar cargos de tanta responsabilidad dentro del desarrollo de esta ambiciosa legislación.

ENHORABUENA A L@S TRES!!!

Un saludo

José Ramos

 

19:07 | gestionado por María Jose Ramos y Beatriz Latre | Enviar comentario (3)

miércoles, 22 de julio de 2009

Con este peculiar título inauguramos una sección en la queremos dar cabida a todas las cuestiones sobre REACH que hemos comprobado llegan de manera espontánea al blog. Nuestra intención es intentar dar respuesta a aquellas dudas que se os plantean en vuestras actividades laborales o las preguntas que nos surgen como ciudadan@s, sobre las ventajas que nos ofrece la aplicación de esta normativa en el uso seguro de las sustancias químicas, preparados y/o artículos de consumo

Como queremos que este blog se convierta en un foro abierto y favorecer desde aquí la participación de todas las personas implicadas e interesadas en el tema, una vez más os invitamos a que también nos hagáis llegar vuestros comentarios, sugerencias e interpretaciones sobre los temas que se planteen.

Para nosotras un “momento REACH” es el debate informal que se genera ante cualquier duda surgida en la lectura, aplicación o interpretación de esta normativa tan ambiciosa y al mismo tiempo tan compleja, pero que tiene como principal objetivo garantizar la protección de la salud y el medio ambiente, a través del uso seguro de las sustancias, preparados y artículos de consumo que utilizamos en cualquiera de nuestras actividades diarias, ya sea como trabajadores o consumidores.

Un “momento REACH” facilita la puesta en común sobre las cuestiones surgidas y que en ocasiones pueden llevarnos a explicaciones de distinta índole, pero donde finalmente acaban surgiendo las interpretaciones que se ajustan a los objetivos del propio Reglamento y al sexto sentido, es decir, al SENTIDO COMÚN.

Esperamos poder compartir con vosotr@s muchos “momentos REACH” de los que tod@s aprendamos cada día un poco más de esta nueva legislación europea.

Para estrenar la sección, queremos darle respuesta a algunas de las preguntas planteadas:

Raúl Morán 25/05/2009: “Necesitamos tratar madera para balizas APR para soporte de señalizaciones en metro, el contratista prevee tratarlas con TANALITH, me gustaría saber si esta sustancia tiene el registro REACH, para poder autorizar estos trabajos.

Agradecería me de información al respecto.

Muchas gracias y un gran saludo”

La manera más rápida para saber si tus proveedores están cumpliendo con el Reglamento REACH, es ponerse en contacto con ellos y preguntarles directamente si están cumpliendo con el Reglamento.

En cualquier caso puedes consultar el listado de sustancias prerregistradas de la ECHA. De esta forma podrás comprobar si la sustancia ya ha sido previamente prerregistrada, aunque no quien ha realizado el prerregistro. Esta lista se encuentra disponible en el siguiente enlace:

http://apps.echa.europa.eu/preregistered/pre-registered-sub.aspx#searchthelistheader

LUCIA 18/05/2009: “Mi empresa es usuaria de cantidad de sustancias y preparados químicos, para la utilización de la maquinaria correspondiente. Mi duda es, debo analizar todos los preparados para exigir a mis proveedores que estén registradosn en REACH? Por ejemplo, a la hora de comprar un aceite para un compresor, debo exigir que las sustancias contenidas en dicho aceite esten registradas?
Muchas gracias”

Tal y como indicas tendrás que asegurarte de que todas las sustancias que componen tu mezcla (preparado) se encuentra registradas bajo REACH. De esta forma vas a tener que ponerte en contacto con tu proveedor para preguntarle si va registrar las sustancias en REACH.

Helena Luque 23/01/2009: “nosotros hacemos impresiones con tintas huecograbado y soldamos pvc y pet con thf,chx,ace.¿mis clientes me han de solicitar a mi ,que soy una intermediaria ,documentación de nuestro registro?? yo entendi que son nuestros proveedores de tinta y disolventes los que han de estar registrados.que lo pida yo a mis proveedores me parece logico pero que me lo pidan a mi mis clientes si yo estoy registrada ,me parece que no es asi???

Muchas gracias”

 

Tus clientes tienen que ponerse en contacto contigo ya que tú eres el que se encuentra en el paso inmediatamente superior de la cadena de suministro. La respuesta que obtengas de tus proveedores, en cuanto si cumplen o no con REACH y en qué situación actual se encuentran, es la información que vas a tener que pasar a tus clientes.

 

QUIÉN SE ANIMA A ENVIAR UN “MOMENTO REACH”?

Mª José Ramos y Beatriz Latre

6:34 | gestionado por María Jose Ramos y Beatriz Latre | Enviar comentario (8)

martes, 21 de julio de 2009

Estimad@s bloguer@s de REACH:

 En primer lugar queremos agradecer tanto a la Comunidad de Madrid, como a José Vicente Tarazona, la oportunidad que nos brindan para poder abordar los distintos temas más actuales relativos al Reglamento REACH, a través de esta herramienta de comunicación de última generación.

Pensamos que esta tribuna virtual nos da la posibilidad a todas las personas interesadas en un asunto de tanta relevancia y actualidad, de poder dar noticias, hacer comentarios, establecer foros y debates en torno a gran cantidad de cuestiones que surgen en el ámbito de cualquiera de las actividades industriales y empresariales que tienen obligaciones respecto a esta normativa europea, en el terreno científico que debe dar el soporte adecuado, o en aspectos relativos a la protección de consumidores y ciudadanos en general.

Para ello, además de utilizar el sistema del propio blog para hacer llegar vuestros comentarios, podéis enviarnos cualquier información que consideréis de interés a la siguiente dirección de correo electrónico reach@greenplanetsl.es para que la publiquemos.

Desde esta nueva etapa que empezamos, queremos invitaros a participar activamente con vuestras sugerencias, opiniones, artículos, novedades sobre cursos, jornadas y cualquier tipo de evento que se organice relacionado con el Reglamento REACH, para que realmente esta plataforma sea construida con la contribución activa de tod@s vosotr@s.

BIENVENID@S A REACH!!!

 María José Ramos y Beatriz Latre

 


13:38 | gestionado por María Jose Ramos y Beatriz Latre | Enviar comentario (0)

lunes, 20 de julio de 2009

El gestor del blog, Jose Vicente Tarazona, se despide. María José Ramos y Beatriz Latre serán las nuevas gestoras de Industria Quimica, Ciencia y REACH. 

Estimad@s amig@s y colegas:

A mediados del mes de Agosto dejaré mi puesto de trabajo en el INIA para trasladarme a Helsinki e incorporarme como Presidente del Comité de Evaluación de Riesgos de la ECHA; por lo que ya no me será posible gestionar personalmente este webblog.

Para mí ha sido una experiencia interesante participar en este formato de comunicación que desconocía hasta que me propusieron la idea. No he tenido la disponibilidad de tiempo que me hubiera gustado, pero ha sido enriquecedor ver como con vuestra participación, a través de los comentarios, algunas de las ramas iban creciendo y tomando vida por si solas. A todos los que habéis participado, y en particular a los que habéis enviado comentarios y respuestas a los comentarios, os doy las gracias por vuestra colaboración.

A partir de ahora, dos personas mucho más avezadas que yo en estas nuevas técnicas de comunicación, María José Ramos y Beatriz Latre, y conocedoras en profundidad de las complejidades del Reglamento REACH, gestionaran el blog, y estoy seguro que será un placer el observar desde Helsinki como le van saliendo nuevos tallos y ramas;  y finalmente fructifica en la herramienta de comunicación e intercambio de información necesaria para facilitar el que se alcancen los ambiciosos objetivos del REACH.

Buen verano y buena suerte,

 

José Vicente Tarazona

19:14 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga | Enviar comentario (1)

miércoles, 11 de marzo de 2009

El Programa de I+D S-0505-AMB-0352 “RESIDUOS” financiado por la Comunidad de Madrid lanza su nueva oferta de soporte técnico y científico para la implementación de REACH, con las JORNADAS SOBRE EL REGLAMENTO REACH Y LA GESTIÓN DE RESIDUOS, Madrid, 26 y 27de Mayo de 2009, Universidad Autónoma de Madrid.

Por iniciativa del Programa I+D “RESIDUOS”, financiado por la CAM, el Master de Gestión y Tratamiento de Residuos  de la UAM, organiza estas jornadas en colaboración con Green Planet Environmental Consulting.  

 

Las jornadas, se estructuran en dos módulos complementarios:

 

INTRODUCCIÓN AL REACH. Ofrece una visión actualizada (una vez concluida la fase de prerregistro) del Reglamento, su marco legal y tecnológico, las nuevas obligaciones y las alternativas para su correcta implementación

 

Destinado a personas con interés en conocer los principios básicos del reglamento y como se estructura el proceso de registro y las obligaciones complementarias para los usuarios intermedios.

 

REACH EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS. Aborda las tres fases de producción, gestión y valorización, ofreciendo alternativas innovadoras para las empresas gestoras y valorizadoras.

 

Destinado a directivos y técnicos de empresas ligadas a la gestión y valorización de residuos, con conocimientos de REACH o que hayan asistido a la jornada introductoria.

 

Pueden encontrar más información en: WEB DEL MASTER DE RESIDUOS DE LA UAM: http://www.uam.es/proyectosinv/gresiduos/

12:09 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga | Enviar comentario (0)

sábado, 31 de enero de 2009

Los ambiciosos objetivos del Reglamento REACH no pueden alcanzarse en un corto espacio de tiempo, pero ya se van notando los primeros avances significativos: finalizado el prerregistro y por primera vez en la historia de la humanidad, en la Unión Europea las autoridades competentes disponen de un listado con la práctica totalidad de las sustancias que se comercializan, su identidad química y las empresas que las fabrican o importan.


El texto con el que comienza el Reglamento REACH no puede ser más claro: “La finalidad del presente Reglamento es garantizar un alto nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente”, incluye, a renglón seguido, otros objetivos por supuesto muy relevantes, pero que no tendrían sentido si no se consigue garantizar el uso seguro de las sustancias químicas, tanto en el ámbito industrial, como en el que concierne directamente a los consumidores, los ciudadanos expuestos indirectamente a través del medio ambiente, y sin olvidarnos de los ecosistemas naturales y agrobiosistemas que sustentan la vida de todas las especies que poblamos esta esfera que gira y rueda que llamamos Tierra.

 

Poco a poco, sin ruido, sin grandes titulares, la finalidad última del reglamento va avanzando, pasito a pasito, abriéndose camino en un complejo articulado que crea obligaciones para todos.

 

Las empresas que componen el tejido industrial europeo ya han realizado su primera contribución, es solo un primer paso dentro de un largo camino, pero si nos paramos un poco a pensarlo podremos apreciar lo que significa en realidad: sesenta y cinco mil empresas han analizado sus procesos, identificado que sustancias fabrican o importan, incluyendo aquellas que deben registrarse de entre las contenidas en artículos manufacturados, y presentado cerca de tres millones de expedientes a la Agencia Europea.  

 

Mientras la industria continúa con su proceso, comprobar que la sustancia es la misma, compartir datos, etc., las autoridades competentes pueden comenzar ya a utilizar la información que ahora disponen, adecuando a las nuevas circunstancias sus sistemas de control e inspección; falta un largo camino por recorrer, o por ser más preciso, mucha escalera por subir, pero ya hemos alcanzado el segundo rellano: hace solo unos meses, la ECHA entraba formalmente en servicio, y cumpliendo los objetivos, pone ahora a disposición de las autoridades el primer resultado: QUE y QUIEN, es decir QUE sustancias se fabrican y comercializan en Europa, y QUIEN da el primer paso fabricándolas o importándolas. Conforme las autoridades estatales y autonómicas vayan incorporando esta información en sus protocolos, los ciudadanos y el medio ambiente estaremos mejor protegidos.

 

Pero REACH es un reto de todos, y la comunidad científica no nos podemos quedar atrás. El Primer Simposio Virtual sobre los Aspectos Ambientales del Reglamento REACH identificó las necesidades prioritarias y se las trasmitió a las Autoridades Competentes y a la sociedad a través de su presentación en el Congreso Nacional de Medio Ambiente (CONAMA); ciertamente, el avance en nuestra capacidad para predecir los riesgos para la salud y para el medio ambiente de una sustancia química ha sido espectacular en los últimos años, pero también a nosotros nos queda una larga escalera por subir. REACH plantea dos niveles complementarios de gestión que requieren de una sólida base científica. Dentro de la cadena de suministro, la industria es responsable de evaluar los riesgos sustancia por sustancia, uso por uso, fabricante por fabricante, y la comunidad científica debe desarrollar nuevas metodologías que reduzcan los costes y aumenten la cantidad y calidad de información, fomentando además los métodos alternativos. Pero el desafío está en el siguiente nivel, cuya responsabilidad se reparte entre el sector industrial y las autoridades competentes, que deben integrar la información generada y utilizarla en otros marcos normativos de protección de los trabajadores, de los consumidores y del medio ambiente. Y es aquí donde se nos plantea a la comunidad científica el gran reto, desarrollar métodos que permitan utilizar la información, sustancia a sustancia, que está generando REACH, para realizar, por ejemplo, las evaluaciones integradas de un puesto de trabajo con exposiciones múltiples y variables o de una cuenca hidrográfica con varios centenares de vertidos. Estos retos no son nuevos, somos muchos los grupos de investigación que llevamos años trabajando en este tema, pero ahora tenemos un nuevo desafío: en menos de dos años, la “excusa” de que falta información sobre la mayoría de las sustancias dejará de tener sentido, ya que antes de que termine 2010, tendremos registradas todas las sustancias que por su toxicidad o tonelaje se han seleccionado para la primera fase. La pregunta es, por tanto, si tendremos a tiempo herramientas sólidas  e implementables en la realidad para que la “Información REACH” nos permita evaluar el mundo real y complejo de exposiciones múltiples y cambiantes en el tiempo en el que vivimos.

 

El objetivo claramente lo merece, así que “hagámoslo posible”.

 

José Vicente Tarazona

6:03 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga | Enviar comentario (3)

martes, 27 de enero de 2009

Tras finalizar su contrato como miembro del Equipo Técnico del Centro de Referencia REACH y su Portal de Información, Irene Cañas, que colaboraba conmigo en la gestión de este weblog, abre una nueva etapa profesional en la que junto con sus compañeras del anterior Equipo REACH ofrecerá asesoramiento directo al sector empresarial desde el mundo privado. Desde aquí quiero expresar a Irene mi gratitud por su dedicación a este weblog, y mis mejores deseos para ella y sus compañeras en esta nueva etapa.


Como ya comentamos en nuestra despedida, difundida en este weblog, el 31 de diciembre de 2008 finalizó tanto mi responsabilidad como Director Científico del Centro de Referencia REACH, como los contratos de las excelentes profesionales que constituían en Equipo Técnico REACH, entre las que se encontraba Irene.

 

Hoy me ha comunicado que, tras barajar diferentes posibilidades, se ha incorporado, junto con sus antiguas compañeras, como Responsable de Proyectos en una empresa desde donde continuará su trayectoria profesional dando soporte a la evaluación de riesgos ambientales y a la aplicación de REACH.

 

Afortunadamente para nosotros, la empresa es una  de las que colabora en el Programa de la Comunidad de Madrid “RESIDUOS”, desde el que se gestiona este blog, por lo que a pesar de que deje sus labores de administradora confío en que tenga un “hueco” para seguir difundiendo información y sus comentarios personales a través de este weblog.

 

Irene: ¡Muchas Gracias y Mucha Suerte!

 

José Vicente Tarazona      

11:46 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga | Enviar comentario (1)

sábado, 17 de enero de 2009

Los residuos y la recuperación de sustancias químicas en los procesos de valorización presentan implicaciones particulares a la hora de implementar el Reglamento REACH. La flexibilidad del reglamento, siempre que se respete el principio básico de protección de la salud y el medio ambiente, junto con la innovación, permiten el desarrollo de alternativas que maximicen los beneficios de la valorización ofreciendo al mismo tiempo garantías de comercialización y uso seguro.

El principio básico del Reglamento REACH viene recogido en el título de su Artículo 5: NO HAY COMERCIALIZACIÓN SIN REGISTRO (o más sencillamente NO DATA, NO MARKET si utilizamos la versión inglesa que fue la utilizada durante la discusión del reglamento).

 

Siendo todas las versiones del Reglamento igualmente vinculantes desde el punto de vista legal, ciertamente, la versión en lengua española se adecua mejor al contenido específico del Artículo 5 “Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 6, 7, 21 y 23, no se fabricarán en la Comunidad ni se comercializarán sustancias, como tales o en forma de preparados o contenidas en artículos, a menos que se hayan registrado de conformidad con las disposiciones pertinentes del presente título que así lo exijan”.

 

Sin embargo, la versión en lengua inglesa (literalmente “NO DATOS, NO MERCADO”, lo que podríamos traducir como “SIN DATOS NO HAY COMERCIALIZACIÓN”) hace honor al espíritu general del reglamento y su ámbito de aplicación, ya que el reglamento establece numerosas excepciones que permiten la comercialización de sustancias no registradas, sobre la base de que la información (LOS DATOS) existente (o requerida en otros procesos normativos) sobre estas sustancias es suficiente como para permitir su comercialización sin registro.

 

Aun cuando resulta lógica si se realiza una valoración en profundidad, no deja de sorprender, al que se aproxima por primera vez a este complejo y ambicioso reglamento, la disparidad en la cantidad y calidad de los DATOS que se consideran suficientes para eludir el registro obligatorio, ya que van desde un hecho puntual (la empresa no fabrica/importa más de una tonelada de sustancia al año) hasta la existencia de un expediente mucho más estricto, oneroso y completo que el que plantea el Reglamento REACH (por ejemplo en el caso de las sustancias empleadas en medicamentos).

 

Un caso particularmente interesante es la interacción de REACH en la gestión de residuos. Es frecuente escuchar la afirmación de que los residuos están excluidos de la aplicación del Reglamento REACH, lo que no es del todo correcto y puede dar lugar a confusiones. Lo que realmente dice el Reglamento es que los residuos no son sustancias, preparados ni artículos (Los residuos, tal como se definen en la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), no constituyen una sustancia, preparado o artículo en el sentido del artículo 3 del presente Reglamento), esta enunciación excluye la necesidad de registrar los residuos y sus componentes, pero en realidad, no excluye la aplicación del reglamento en el ámbito de la gestión de residuos.

 

Ciertamente, los residuos no son sino mezclas de elementos químicos, sus compuestos naturales y/o los obtenidos por algún proceso industrial, y sin embargo, el reglamento considera que no es necesario registrar los residuos ni sus componentes para garantizar una adecuada gestión. La pregunta es por tanto ¿existe una explicación lógica y de base científica que apoye esta decisión?

 

Si analizamos el proceso por el que se generan, gestionan y valorizan los residuos, creo que es posible descubrir las razones que justifican la forma en la que REACH aborda los residuos. En una explicación simplificada, podemos asumir tres fases. En una primera fase las empresas fabrican sustancias y las usan en diferentes procesos a lo largo de la cadena de suministro, REACH establece que mientras la gestión sea como sustancia o mezcla de sustancias (preparado) con uso(s) específico(s), el mejor sistema para gestionar los posibles riesgos sanitarios y ambientales es a través del registro de la sustancia y evaluación de los riesgos de su uso. Durante ese uso, en el ámbito industrial o de consumo, se van generando nuevas combinaciones de sustancias que ya no tienen “uso concreto” en esa cadena de suministro, y por ello adquieren la consideración de residuo, pasando a una segunda fase: gestión del residuo fuera de la cadena de suministro. Es precisamente la ausencia de “uso” la que caracteriza al residuo, y requiere una gestión diferente; la evaluación de riesgos que contempla REACH se basa en cada uno de los usos y condiciones de uso de la sustancia (como tal, en forma de preparado o contenida en artículos, pero en cualquier caso con el uso y condiciones de uso de esa sustancia, preparado o artículo); y por ello la conclusión es obvia, los principios del “Sistema REACH” no proporcionan la información que se necesita para garantizar el uso seguro cuando se trata de la gestión de residuos; por ello REACH se “inhibe” dejando que sea la legislación específica de residuos la que establezca las condiciones de gestión apropiadas. Sin embargo, el “Sistema REACH” si proporciona información sobre los riesgos asociados a la interfase (eliminación de la sustancia desde la cadena de suministro con su transformación en componente del residuo), ya que esta si esta asociada al uso registrado. La recuperación de sustancias desde los residuos representa la tercera fase, ya que el reglamento exige además, que si el residuo o alguno de sus componentes pasan a una nueva cadena de suministro en la que si tienen “uso” específico en los ámbitos de aplicación del Reglamento, se exija el registro bajo REACH de la sustancia, ya que este vuelve a ser la mejor forma de garantizar un uso seguro.

 

La información sobre las sustancias generada durante los procesos de registro de REACH, y trasmitida a través de las cadenas de suministro y por los sistemas (público y confidencial) de difusión de información desde la ECHA, debe permitir mejorar enormemente la evaluación de los riesgos potenciales de los residuos, pero la gestión de estos, no corresponde a REACH sino a la legislación específica, al no adecuarse el sistema de “sustancia+uso” propuesto en REACH a las necesidades de gestión de los residuos. 

 

La aplicación  de los principios del “Sistema REACH” a las sustancias recuperadas desde los residuos supone nuevos requerimientos para la valorización de residuos, un principio básico de sostenibilidad.

 

Para intentar compatibilizar los objetivos de REACH con los de valorización de los residuos se excluye de registro a las sustancias recuperadas en la Comunidad siempre que se garantice que existen los “DATOS” necesarios para permitir su comercialización (que la sustancia sea la misma, y que el establecimiento recuperador disponga de la información sobre la misma). Sin embargo, la aplicación en la práctica de esta excepción requiere consideraciones adicionales.

 

Se da la circunstancia de que la excepción afecta al registro pero no al prerregistro, por lo que las empresas recuperadoras han debido prerregistrar la sustancia a la espera de que algún fabricante/importador realice el registro de la misma. Esta situación tiene unos costes asociados pero también permite, con la participación en los preforos y foros, obtener la información necesaria para poder acogerse posteriormente con fundamento a la excepción de registro. Afortunadamente, el Reglamento REACH ofrece la flexibilidad suficiente como para que sin necesidad de registro, puedan buscarse alternativas para que la recuperación de sustancias químicas durante la gestión de residuos no solo no se vea perjudicada por la implementación del reglamento, sino que al contrario, con innovación y la aplicación de herramientas complementarias, las empresas recuperadoras puedan obtener ventajas adicionales, evitar problemas de comercialización y garantizar al mismo tiempo el principio básico de un uso seguro como objetivo fundamental del Reglamento REACH. El desarrollo de herramientas que permitan materializar este principio constituye una de las tareas en desarrollo dentro del Programa de Investigación de la Comunidad de Madrid S-0505-AMB-0352 “RESIDUOS”: Gestión Sostenible de Residuos Industriales y Domésticos que contienen sustancias persistentes, bioacumulables y tóxicas, y otros contaminantes prioritarios: Desarrollo de soluciones para su caracterización, reciclado y eliminación.

 

Dr José Vicente Tarazona

Coordinador del Area de Ecotoxicología y Evaluación de Riesgos Ambientales del INIA

16:56 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (1)

jueves, 08 de enero de 2009

El Reglamento REACH es enormemente ambicioso, tanto en objetivos como en cuanto al coste económico de su implementación. REACH se gestó en tiempos de bonanza económica pero la situación mundial ha forzado el que deba implementarse inmersos en una crisis económica. La solución para implementar REACH en tiempos de crisis solo puede venir de un sitio: la INNOVACIÓN.


Culminada la fase de prerregistro, la realidad supera las expectativas y la implementación del Reglamento REACH supondrá registrar unas diez mil sustancias en dos años, y más de cien mil de aquí al 2018.

 

Comienza ahora el gran reto para las empresas: generar información, evaluar los riesgos, identificar los usos seguros, proponer medidas de gestión para los que no lo son,…, en definitiva, garantizar un elevado nivel de protección de la salud y del medio ambiente en relación con el uso de las sustancias químicas.

 

A la complejidad intrínseca que supone la implementación del reglamento, se une la necesidad de comenzar la tarea sumidos en una crisis económica mundial. REACH se gestó en tiempos de bonanza económica, donde el considerable esfuerzo económico que representa para la industria se veía claramente compensado por los beneficios indudables de garantizar el uso seguro de las sustancias químicas.

 

Los beneficios de REACH se mantienen, o incluso se acrecientan, en época de crisis económica, pero evidentemente para muchas empresas, y en particular para las PYMES, conseguir los recursos económicos para afrontar las nuevas obligaciones de REACH puede resultar más difícil.

 

El contacto directo con empresas y asociaciones de este último año y medio, a través del Centro de Referencia REACH, nos ha permitido conocer de primera mano la situación real, y poder proponer soluciones concretas. Creemos que REACH, al mismo tiempo que genera obligaciones, crea oportunidades muy interesantes, y a través de la innovación, es posible identificar estas oportunidades y aprovecharlas. Lógicamente, la situación para las PYMES puede ser más compleja, pero aprovechando su flexibilidad y el trato de favor que contempla el propio reglamento, pueden también verse beneficiadas si saben identificar sus posibilidades. 

 

Dentro del Programa de Investigación de la Comunidad de Madrid S-0505-AMB-0352 “RESIDUOS”: Gestión Sostenible de Residuos Industriales y Domésticos que contienen sustancias persistentes, bioacumulables y tóxicas, y otros contaminantes prioritarios: Desarrollo de soluciones para su caracterización, reciclado y eliminación; ya se contemplaba en la Tarea 4.3. Aplicaciones para PYMES el desarrollo de  herramientas que permitan a las PYMES madrileñas cumplir los compromisos de su condición de “usuarios” de sustancias químicas” en el ámbito del Reglamento REACH. Dada la situación actual, nos ha parecido conveniente ampliar esta tarea, incorporando el desarrollo de sistemas innovadores que faciliten la implementación por parte de las PYMES de sus obligaciones en el ámbito del Reglamento REACH, explorando las oportunidades para la innovación unidas al uso seguro de las sustancias; e incluyendo a las empresas que obtienen/recuperan sustancias desde la valorización de los residuos, y que por ello tienen la consideración de fabricantes de sustancias en el ámbito del reglamento REACH.

 

Progresivamente, iremos difundiendo los resultados que se vayan obteniendo, pero puesto que lo importante es desarrollar ejemplos reales, queremos aprovechar este espacio para informar a todas las empresas y asociaciones potencialmente interesadas, que quieran colaborar en el desarrollo de proyectos piloto asociados a sus necesidades concretas, que pueden ponerse en contacto con nosotros en los correos tarazona@inia.es y era@inia.es.

 

Comienza también el reto definitivo para las autoridades competentes. Por primera vez en la historia de la humanidad, las autoridades disponen de un listado con las sustancias que se comercializan en la Unión Europea y las empresas que las fabrican o importan. Progresivamente irán recibiendo desde la Agencia Europea (ECHA) la información de los expedientes de registro, y además de establecer los oportunos sistemas de evaluación y seguimiento, deben adecuar e implementar los sistemas de control e inspección, y, uno de los aspectos más importantes para poder cumplir los objetivos finales del reglamento, deben establecer los mecanismos para transferir la información generada en REACH al resto de las normativas laborales, de consumo y ambientales que se beneficiarán de la información generada.

 

Es por ello necesario articular un nuevo sistema, de integración de los niveles estatal, autonómico y local, y de los ámbitos laboral, de consumo y ambiental; y nuevamente, la innovación ofrece soluciones, …, pero este es un tema para un futuro comentario.

 

 

Dr. José Vicente Tarazona

Coordinador del Área de Ecotoxicología y Evaluación de Riesgos Ambientales del INIA

 

 

 

18:29 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (0)

martes, 30 de diciembre de 2008

Estimados amigos,

Tras haber trabajado durante dos años ofreciendo apoyo y asesoramiento para cumplir con REACH, el equipo técnico al completo del Centro de Referencia REACH se despide en la página web del Centro.

Como parte del equipo, os deseo un feliz 2009, y mucha suerte a todos los que debáis cumplir con el Reglamento REACH. Esperamos seguir colaborando con las empresas españolas en los retos que plantea este Reglamento.

Aquí podéis consultar el texto de la despedida del equipo.

Aquí podéis consultar el comentario del Director Científico del Centro acerca de la despedida del equipo técnico.

 


4:59 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (4)

lunes, 28 de julio de 2008

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) ha informado en su página web de la jornada que está organizando para el próximo 10 de octubre en Helsinki. Se trata del primer "Stakeholder day", un evento que reunirá a las partes interesadas en la implementación del Reglamento REACH, tales como asociaciones industriales o comerciales, organizaciones no gubernamentales, o representantes de terceros países. Se trata de la primera de varias jornadas que la Agencia tiene previsto organizar con las partes interesadas, y tiene por objetivo desarrollar canales de comunicación transparentes y eficientes entre la Agencia y todos los grupos interesados en el reglamento REACH.

La Agencia ha invitado en su página web a todas las partes interesadas a inscribirse para participar en la jornada. El plazo de inscripción está abierto hasta el próximo 5 de septiembre. La inscripción debe realizarse mediante un formulario online disponible en este enlace.  

Desde aquí queremos invitar a todas las asociaciones industriales y sectoriales españolas que están trabajando en la aplicación del Reglamento REACH a inscribirse para participar en esta reunión.
 

Podéis encontrar más información en los siguientes enlaces:

Información sobre la jornada

Programa preliminar


9:06 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (1)

miércoles, 23 de julio de 2008

Ya han pasado casi dos meses desde que comenzó el período de prerregistro de sustancias químicas, obligatorio para cumplir con el Reglamento REACH. Todas las empresas que fabriquen o importen a la Unión Europea sustancias químicas a partir de 1 tonelada anual, deben registrarlas ante la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos.
Para las denominadas "sustancias en fase transitoria", que son la mayoría de las sustancias que están actualmente en el mercado comunitario, existe la opción de realizar un prerregistro, que es un procedimiento sencillo y gratuito que permite a las empresas beneficiarse de unos plazos ampliados de registro, facilitando la tarea de recopilar toda la información necesaria para completar un expediente de registro.

Los expedientes de prerregistro y registro, así como todos los expedientes que deban enviarse a la Agencia para cumplir con el Reglamento REACH, deben enviarse en formato electrónico a través de un portal habilitado especialmente para ello: REACH-IT. Este portal está disponible a través de la página web de la Agencia.

El portal REACH-IT comenzó a funcionar el pasado 1 de junio, coincidiendo con el inicio del período de registro y prerregistro. Sin embargo, en un primer momento no estaban disponibles todas las funcionalidades. Únicamente permitía hacer prerregistros on-line. Para ello, debía introducirse la información necesaria para prerregistrar las sustancias una por una. La Agencia habilitó una serie de procedimientos temporales para que las empresas pudieran enviar expedientes de registro, notificaciones, y solicitudes de información previas al registro.

Estos procedimientos temporales siguen funcionando, pero además, REACH-IT tiene una nueva funcionalidad. Ya está disponible la función de prerregistro en bloque ("bulk pre-registration"), que permitirá el envío, en un solo archivo, de un expediente de prerregistro para hasta 500 sustancias incluidas en la lista EINECS.

Coincidiendo con esta nueva función, la Agencia ha publicado un nuevo manual para el envío de datos: “Data Submission Manual 6: Submission of Bulk Pre-registrations”, disponible en el siguiente enlace. 

Podéis encontrar más información en la nota de prensa original, y en el aviso en el Portal de información REACH.


10:47 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (0)

viernes, 20 de junio de 2008

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA), informa en su página web de que se han detectado errores en el envío de información sobre sustancias químicas, y recuerda a todas las empresas que deban enviar expedientes de registro, prerregistro o notificaciones, la importancia de cumplimentar cada uno de los campos de forma adecuada. De los 7360 expedientes de prerregistro recibidos, aproximadamente el 2% contenían errores en la identificación de la sustancia. Estos errores impiden que los expedientes puedan ser gestionados.  

Las instrucciones para cumplimentar los expedientes de prerregistro, registro y notificaciones, pueden encontrarse en la página web de la ECHA. En esta página se pueden encontrar una serie de documentos de orientación para cada uno de los procesos, también disponibles en la página web del Portal de Información REACH.

En cuanto a los prerregistros recibidos en estas primeras semanas, la Comisión Europea ha comunicado que las empresas españolas están a la cabeza en el cumplimiento de sus obligaciones en REACH. España es el tercer país en número de sustancias prerregistradas hasta el momento.


9:06 | gestionado por José Vicente Tarazona Lafarga, Irene Cañas Sierra | Enviar comentario (0)