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Propiedad intelectual: ¿derecho moral o patente de corso?

Enviado el jueves, 08 de noviembre de 2007 10:09

En sí se trata de un oxímoron: no hay nada menos intelectual que la propiedad... Las palabras, en realidad, no son de quien las escribe ni de quien las edita, sino de quien las necesita.


JORDI MONTANER

Escribir, sin embargo, sigue siendo un oficio impunemente remunerado y, a la hora de defender lo propio, cuesta discernir entre lo escrito o lo ganado.

Lo cierto es que el abecedario del siglo XXI empieza con la A de amenaza, y propios y extraños velan armas con celo por defender no tanto lo ya ganado, poco o mucho, como lo siempre tanto por ganar y frente a todo tipo de usurpaciones.

Por doquier rigen leyes de propiedad intelectual, escritas con la intención de proteger las obras literarias, artísticas y científicas que cumplan unos requisitos de originalidad; es decir, obras originales, no tanto por brillantes, sino por considerarse exclusivamente únicas. Una buena idea, en cambio, por original que sea, no puede protegerse con cargo a leyes de propiedad intelectual puesto que, en el parqué del intelecto, cotizan sólo las tesis, no las hipótesis.

 

Un derecho no muy bien asentado

Las leyes de propiedad intelectual defienden tanto al creador como a los intereses creados. Los derechos de autor establecen la protección a las personas creadoras; al mismo tiempo que unos derechos denominados “conexos”, defienden a intérpretes y ejecutantes de la creación, productores, promotores y editores.

Son derechos inalienables los que impiden a una creación tener por creador a quien no lo es, protegiendo así su integridad (a fin de impedir cualquier deformación, modificación o atentado contra lo creado) y su destino (el creador marca el rumbo a su creación).

No faltan tampoco derechos patrimoniales, de explotación, que se redimen siempre con dinero. La obra creada se permite flirtear con derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, puesta a disposición o transformación, atendiendo en cada caso al mejor postor. Pero, a diferencia de otras formas de propiedad, la propiedad intelectual tiene un límite en el tiempo… La culpa es de un tal Convenio de Berna, que el 9 de septiembre de 1886 estableció que la propiedad de una creación intelectual pasaría siempre a manos públicas pasados 50 años tras la muerte del autor. En la Unión Europea, patria de reputados intelectuales que aspiran no ya a una vejez honorable, sino a la inmortalidad, los políticos decidieron en su día pasar por el forro dicho convenio y añadirle 20 años más. Así, si edito un libro, mi autoría quedará salvaguardada hasta 70 años más allá de mi partida de este mundo…  

La ley es la ley, pero no faltan críticos a estas medidas, por entender que la propiedad sobre cosas materiales no debe asimilarse a la propiedad de bienes culturales, palabras o ideas.

Históricamente, la propiedad intelectual no se puede decir que haya hecho escuela. Laureados autores de la literatura universal tomaban antaño con entera libertad asuntos de anteriores obras, escritas por otros autores, para gloria de las propias. Y no fue hasta el siglo XIX que se internacionalizaron los derechos de autor y el copyright.

A mediados del siglo XX los derechos de autor y las patentes cobraron un auge tremendo y labraron el camino de reputadas fortunas. Tras el Convenio de Berna, cuyo instigador fue el mismísimo Victor Hugo, se fundó un ente que acabaría convirtiéndose en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), toda vez que en España nació una sociedad estatal de autores, la SGAE, y tanto las empresas farmacéuticas como tecnológicas vieron también en el sistema de patentes una oportunidad para el negocio.

 

Piratas no, corsarios

La piratería, todo hay que decirlo, se ha ganado un puesto más que digno en la historia, los tribunales y la literatura universal. Lo que hoy ocurre en la red de redes (Internet) tuvo un precedente muy lejano en la Europa renacentista. La invención de las imprentas de tipos móviles, coincidiendo con una corriente de ideas reformadoras del cristianismo, alarmó y de qué manera a la Iglesia Católica, los príncipes y las repúblicas de entonces. Se utilizaron las leyes que por aquel tiempo amparaban a los gremios urbanos de control feudal para tutelar de modo eficaz todo lo publicado.

Ocurría con la riqueza de los libros, lo mismo que con las ambiciones coloniales, y se decidió aplicar un ajuste parecido. La patente de corso era un documento entregado por monarcas y jefes de Estado a determinadas navieras, por el que tenían permiso para atacar barcos y poblaciones de naciones enemigas a discreción. A cambio, los buques patentados podían utilizar los fondeaderos o puertos de la nación patentadora, tener acceso a vituallas y suministros de forma igual o similar que los ejércitos… Los piratas, de este modo, accedieron al grado de “corsarios”, equiparados en todo a los miembros de la Marina Real. ¿Ventajas para los estados? Disponer de una Armada sin necesidad de invertir en la construcción de barcos, reclutamiento de tripulación ni armamento y, además, tener derecho estipulado a parte de los beneficios obtenidos en las justas.

Pudiera parecer que en 1983 esta forma de hacer política estuviera históricamente superada, pero la publicación en la revista Science de un artículo de Luc Montaigner en el que el investigador galo se vanagloriaba de haber desentrañado la identidad del virus causante del SIDA, demostró que el juego de las patentes sigue palpitando en el orden internacional. En Maryland, Robert Gallo dio por usurpado el descubrimiento y tuvieron que mediar los jefes de estado francés y estadounidense para poner orden y encorsetar una patente que resultara financieramente interesante a ambos lados del Atlántico…

Hoy se hace difícil anunciar algo que nunca se haya dicho, escribir lo que no ha sido nunca escrito o inventar lo que nadie más haya inventado. Un abogado resulta más eficaz que la inspiración o el ingenio; eso sí, vale sus dineros. En lo de la propiedad intelectual, quien tira la primera piedra no es necesariamente quien está libre de culpa, sino quien tiene la cantera más a mano.


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Comentarios

# re: Propiedad intelectual: ¿derecho moral o patente de corso?

08/11/2007 12:57 por ave-rias
dicen por ahi que:
"copiar a uno es plagio pero
copiar a muchos es investigación"..
¿realmente es eso la investigación?.

# re: Propiedad intelectual: ¿derecho moral o patente de corso?

10/11/2007 11:29 por Angel
La propiedad intelectual no protege las palabras sueltas sino unas ideas novedosas o una obra completa.

Sería triste que alguien tuviese unas ideas brillantes que forman un concurso de televisión novedoso, y no se pudiese proteger eso. El resto de televisiones lo copiarían automáticamente. Al proteger se fomenta que haya personas dedicadas a crear y no sólo a copiar.

Algo parecido ocurre con las patentes de la propiedad industrial. Mataríamos la creatividad. ¿Quien tendría interés en idear algo si mañana mismo alguien lo copiará y nos impedirá comercializarlo porque es mucho más poderoso económicamente?

Existen personas altruístas que crean y lo difunden libremente, pero se cuentan con los dedos de la mano. Es muy loable. Muchas veces termina beneficiándose una empresa de la idea en vez del autor.

El mundo necesita a los creadores, y la única manera de motivarlos y recompensarlos es permitiéndoles explotar sin competencia sus obras.

# re: Propiedad intelectual: ¿derecho moral o patente de corso?

14/01/2009 16:28 por sebastian cardona
para que el autor de la obra ,pudiera hacer esa obra realmente tendria que hacer una forma de plagio o idea para poderla crear , como una iniciativa...mientras que el plagiador tendria que verla y hacerla casi igual pero no igual. por que cada autor tiene sus metodos para que esa obra sea unica.
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