En los últimos años la diversidad cultural ha sido
encumbrada como asunto digno del más detallado escrutinio en los debates
públicos. Se ha sometido a una nueva y atenta mirada el papel y las relaciones
de muchos sectores sociales con distintas culturas: pueblos originarios,
comunidades de inmigrantes, grupos que se identifican por su preferencia
sexual, su género, su religión o su nacionalidad. En el contexto de la
globalización y de la sociedad del conocimiento, la reafirmación y la
reivindicación de la identidad cultural ha pasado a ocupar un lugar
preferencial. Y ha sido justo a partir del
declive histórico de los grandes relatos emancipatorios, y, en particular, de
la caída del muro de Berlín como acontecimiento emblemático, cuando han
arreciado las demandas de reconocimiento de los diferentes grupos nacionales y
minorías culturales hasta lograr focalizar algunos de los debates más vivos de
nuestro tiempo.
La
retórica de las raíces identitarias, del sentido de pertenencia y de la
singularidad grupal ha logrado un protagonismo que hasta entonces le era negado
de manera sistemática por los lenguajes ideológicos dominantes. Las discusiones
políticas en torno a la categoría de «identidad», sobre todo en su dimensión
colectiva, han convertido a la «cultura» en un auténtico campo de batalla. En
particular, las lenguas
y las religiones se utilizan a diario como arietes en la contienda política. Su
ubicuidad se ve facilitada en gran medida por el hecho de que las luchas por la
distribución se han visto desplazadas por la primacía mediática de los
conflictos de reconocimiento, pese a las dificultades que existen en muchos
casos para distinguir entre ambas cuestiones. En los países más desarrollados,
que son también quienes disponen de mayor capacidad para exportar los debates
teóricos, se ha aminorado la intensidad de las luchas diarias por la
distribución de recursos escasos. Y aunque esta circunstancia dista mucho de
poder ser universalizada al conjunto del planeta, se ha ido configurando un nuevo
entorno político-social en el que la cuestión de los derechos
culturales ha podido saltar a la palestra, dando así una proyección pública a
aspectos simbólicos de la vida humana que hasta entonces permanecían casi
invisibles.
Los derechos culturales pueden ser englobados bajo la prestigiosa
figura de los derechos humanos, aunque no precisamente con la dimensión
colectiva con la que se suelen formular. El artículo 27 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (DUDH),
que proclama el derecho que le asiste a toda persona “a tomar parte libremente en la vida
cultural de la comunidad”, así como el conjunto de la Declaración, obedece
fundamentalmente a una filosofía de corte individualista. Es por ello que la
letra de este artículo no ampara directamente las reivindicaciones culturales
formuladas por grupos y/o comunidades. Del
mismo tampoco se deduce la protección de contenidos culturales determinados, a
modo de un «conservacionismo» cultural, sino exclusivamente la promoción de un
espacio público que haga posible la libre generación de las diferencias
culturales. Por lo demás, la noción de «cultura»
se presenta en la DUDH de una
manera oscura, que se ve empañada además por la mención de “las producciones científicas, literarias
o artísticas”, cuya inclusión abona una interpretación elitista de tal noción.
En un debate público, más que partir de aproximaciones académicas, lo más
adecuado sería acudir a algún documento normativo que goce de amplio
reconocimiento. Por su carácter universal y no partidista, tal como corresponde
a la institución que la impulsó, puede servir como punto de arranque la
“Declaración Universal de la UNESCO
sobre la
Diversidad Cultural”, adoptada por
unanimidad en 2001 por la
Conferencia General de la
UNESCO. Esta Declaración es, pese a su
limitado alcance jurídico, un instrumento novedoso que eleva la diversidad
cultural a la categoría de “patrimonio común de la humanidad” y erige su
defensa en imperativo ético indisociable de la dignidad de la
persona. En su preámbulo se encuentra una caracterización
comprensiva de la «cultura» que conecta con el objeto de los
debates desarrollados últimamente: “La cultura debe ser considerada como
el conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y
afectivos, que caracterizan una sociedad o grupo social y que abarca, además de
las artes y las letras, los modos de vida, las formas de conciencia, los
sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”.
Si se parte de la idea de que la variación cultural
forma parte del patrimonio de la humanidad, tal como se proclama en el
documento de la UNESCO, y
de manera implícita en el artículo 27 de la DUDH, los Estados que lo suscriben deberían
desarrollar una política articulada en torno a tres principios: el
reconocimiento por parte del Estado y de la mayoría cultural que lo controla de
la diversidad cultural existente en el seno de la sociedad civil; la reducción
de los obstáculos que impiden la participación social y política de los grupos
culturales marginados; y el apoyo a los diferentes grupos para que reproduzcan
sus culturas. La puesta
en marcha de una política como la esbozada en el párrafo anterior no está, sin
embargo, exenta de controversia. Y tampoco lo está la omnipresente apelación a
la «cultura», que sale a relucir de manera recurrente tan pronto
como se abordan fenómenos como la inmigración y los problemas de integración
generados por ella o el auge de los nacionalismos minoritarios en el seno de
Estados con una tradición unitaria aparentemente sólida.
La «culturización» de la esfera política, gracias al uso de un lenguaje de
identidad de grupos, es un proceso en constante avance que se plasma en dos direcciones en cierta manera confluyentes:
por un lado, se trazan políticas públicas que diferencian los derechos de los
ciudadanos de acuerdo con su afiliación étnica y, por otro, se anteponen las
demandas étnico-culturales (particularmente, de índole religiosa y lingüística)
a las reivindicaciones de clase. Es más, estas cuestiones y los conflictos
provocados por los intereses materiales y las diferencias ideológicas se obvian
como si hubieran sido superados por arte de magia. La antigua lucha
materialista por la equidad acaba siendo sustituida por múltiples batallas en
pro de la diferencia identitaria. Lo étnico-cultural
se entroniza como la división primordial, origen y motor básico de la
movilización política y de la acción colectiva.
Un
ejemplo paradigmático de este fenómeno nos los ofrece el modo con el que se
suele abordar las políticas migratorias. No deja de resultar sorprendente que el análisis cultural se
presente como la perspectiva decisiva para afrontar esta cuestión. Se incide
especialmente en el riesgo que la misma implica para mantener la identidad y la
esencia de la sociedad receptora. Se aborda la cuestión, pues, en términos
eminentemente culturalistas y esencialistas, dejando fuera de consideración el
análisis económico del fenómeno, justo lo contrario de como se procede con la
mayoría de las cuestiones en las que se hallan en juego intereses sociales
divergentes. Si se mira bien, la cuestión de la inmigración está más
relacionada con el miedo a perder cuota en el reparto de los recursos sociales
disponibles que con el temor a que los nuevos rasgos culturales de los
inmigrantes diluyan la identidad local. No obstante, se insiste en sublimar
como problema cultural lo que no es sino una diferencia de condición social.
Si se desea evitar que la diversidad cultural se erija en una nueva fuente de
discriminación y desigualdad social, ni la cultura,
ni la ascendencia étnica ni la procedencia nacional han de convertirse en
marcador de distinción social y menos aún en factor decisivo de nuevas formas
de exclusión. En definitiva, el alcance de los derechos culturales ha de estar
siempre acotado por el conjunto de los derechos humanos.
Con algunas modificaciones,
este post ha sido publicado en la Revista Contrastes, nº 52