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miércoles, 13 de septiembre de 2006

Una sociedad en la que los extranjeros carecieran de derechos o disfrutaran tan sólo de algunos de los derechos reconocidos a los ciudadanos nacionales sería una sociedad dual, una sociedad escindida que recordaría inexorablemente a los regímenes coloniales. De eso ya tenemos conocimiento a lo largo de nuestra historia. Y algo así va abriéndose también camino en los actuales países de inmigración.


La distinción ciudadano versus súbdito, también evoca una realidad escindida. Menos frecuente, pero también real, fue la distinción ciudadano versus habitante. En 1839, en su Catecismo razonado o explicación de los artículos de la constitución política, el padre Eudaldo Jaumeandreu lo explicaba razonadamente:

“En muchos países el pueblo se divide en dos clases. La primera comprende las personas que gozan de la totalidad de los derechos de ciudadanía, a saber, políticos y civiles, y la segunda, a los que sólo disfrutan de los civiles (...). Los primeros se llaman ciudadanos, y los otros meramente habitantes”.

 En aquella época, España quedaba así constituida por unos 250.000 ciudadanos y unos 12 millones de “meros habitantes”, miembros de “la clase bruta o ignorante”. Aquellos no fueron los mejores tiempos de nuestra historia, sin duda. ¿Sería mejor si estuviera constituida por 40 millones de ciudadanos y 4 de extranjeros? ¿Y más justa?

9:02 | gestionado por Juan Carlos Velasco | Enviar comentario (6)