LoginRSS 2.0 Feed

viernes, 25 de abril de 2008

Aun cuando las cifras de facturación global indiquen que la venta de libros electrónicos alcanza, tan solo, el 1% de las ventas en Estados Unidos, su crecimiento potencial habla de un incremento de un 24% en el último año y, por tanto, de una progresión comercial muy prometedora. Si a esto le añadimos que Amazon pretende lanzar el Kindle en el Reino Unido en el otoño del 2008 y que Sony contraatacará con el Reader, se entiende que las discusiones y las disputas por el porcentaje de derechos sobre la venta sea creciente.


US Trade Wholesale Electronic Book Sales



La discordia principal es la de la compensación justa que los autores deban recibir por la venta electrónica de sus contenidos cuando, supuestamente, los costes editoriales de realización, distribución y comercialización se abaratan -de hecho, legalmente, según la ley española, no existe propiamente venta porque el bien no se agota, dando eso lugar a interpretaciones jurídicas interesantes que permiten, entre otras cosas, establecer descuentos superiores a los que la ley del precio fijo establece.



Habitualmente, aunque eso varíe en función de la importancia del autor y su obra, de su proyección comercial, el margen de beneficios que suele estipularse es del 10%. Random House, por ejemplo, ofrece ahora a sus autores un 15%, aunque otras editoriales norteamericanas y anglosajonas alcanzan hasta el 25%, en un reparto de ganancias que parece más ecuánime.



Existen voces editoriales, sin embargo, que aducen que en los procedimientos de la edición digital se mantiene, en gran medida, la antigua estructura de costes -anticipos, edición, comercialización, promoción y publicidad- y se añaden, además, nuevos gravámenes derivados de la actividad propiamente digital -conversión a múltiples formatos, almacenamiento y alojamiento, protección antipiratería, administración informática, etc.-, de manera que, antes que compartir beneficios, es necesario pensar en la amortización de las nuevas inversiones que la estrategia digital requiere.



Estas disensiones cristalizan en la discusión entre agentes, editores, autores y asociaciones de escritores sobre los márgenes que deben figurar en los contratos -me refiero, sobre todo, al mundo anglosajón, porque en mi experiencia personal de negociación de derechos los agentes españoles tuercen todavía el gesto como si les hablara de un viaje espacial. Penguin prevé lanzar 5000 títulos digitales en el otoño al tiempo que pondrá en marcha una estrategia de lanzamientos analógicos y digitales paralea, mientras que Dorling Kindersely ha anunciado que pondrá en la red 2000 títulos de su fondo editorial, lo que hace comprensible que la batalla por los derechos se esté librando en ese frente.



La cuestión de los derechos se agrava o enreda aún más si tenemos en cuenta que han aparecido en escena intermediadores o prestatarios de servicios digitales -como Gardners-, que ofrecen entre el 30 y el 50% de los derechos a los autores que distribuyan sus contenidos a través de su plataforma, destapando la impostura de las editoriales tradicionales que se enrocan en su estructura de costes clásica.



Tanto la incertidumbre del terreno que se pisa -literalmente virtual-, como las inseguridades comerciales, han llevado, también, a que se cuestionen los plazos temporales de exclusividad en la explotación de los derechos, que si bien se habían reducido ya considerablemente en papel -entre 5 y 7 años-, se ven ahora rebajados, en los nuevos contratos digitales, a tres o menos años.

La guerra de los derechos ha comenzado, y no haríamos mal, aunque fuera en lontananza, en seguir sus evoluciones, escarceos y escaramuzas.

7:16 | gestionado por Joaquín Rodríguez | Enviar comentario (2)