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lunes, 14 de abril de 2008

En un comunicado emitido el día 10 de abril por la Eurocámara, no vinculante pero sí orientativo, se anuncia que se ha aprobado "un informe que señala que la "criminalización" de los consumidores sin ánimo de lucro no es la solución para combatir la piratería. Los diputados apuestan por concienciar a los jóvenes sobre el respeto de los derechos de autor". El equilibrio entre el acceso a la cultura y el pago compensatorio a los autores, es un tema de máxima importancia en una economía basada en la generación e intercambio de contenidos. La Eurocámara se ha pronunciado en contra, manifiestamente, de las medidas que Sarkozy, en Francia, y Brown, en Inglaterra, han puesto en marcha, exigiendo a  las operadoras que denuncien la descarga de contenidos protegidos y corten el acceso a la red, sin permiso previo de juez alguno, a los supuestos infractores. Queda de nuevo sobre la mesa, en consecuencia, la importancia del canon como mal menor, como solución de compromiso quizás insatisfactoria y algo alevosa, pero infinitamente menos gravosa que la vigilancia y la punición legal.



Según el informe, no vinculante, se deben buscar soluciones "en aras del equilibrio entre las posibilidades de acceso a las actividades y contenidos culturales y la propiedad intelectual que garanticen una remuneración equitativa y real para todos los titulares de derechos, una verdadera libertad de elección para los consumidores, y la diversidad cultural". Sin embargo, los diputados creen que "la criminalización de los consumidores sin intención de lucro no es una buena solución para luchar contra la piratería".



Tal como intenté sintetizar en alguna entrada anterior, existe una tensión creciente entre el acceso a la cultura -que no es, jurídicamente, un derecho, sino una limitación al derecho de propiedad-, y la propiedad que el autor desee ejercer sobre las obras que haya creado. En la economía digital esa tirantez es más palpable, porque la comunicación y la reproducción son infinitamente más sencillas y veloces, y es necesario buscar ese punto de equilibrio precario que satisfaga a ambas partes o, al menos, que no incomode excesivamente a ninguna de las dos.

El canon digital es, a día de hoy, la única fórmula no excesivamente gravosa que nos permite adquirir un soporte digital y grabar en él, para uso particular, aquello que hemos descargado de la red sin haber cometido ilícito civil alguno. La única pauta compensatoria que nos libera, a su vez, de vigilancias orwellianas y persecuciones
bradburianas. Claro que cabe discutir sobre la transparencia de la recaudación, sobre las modalidades del reparto posterior y sobre sus legítimos receptores, sobre la obligación legal de mostrar la cartera de los autores a los que se representa, sobre el apetito desmedido de las sociedades de gestión colectiva de derechos por la exacción digital. Qué duda cabe que en una sociedad democrática no puede obrarse al margen de la ley, en una especie de semitransparencia legal que solamente exacerba el enfado de quienes se sienten estafados. Y claro, por último, que es necesario realizar una labor pedagógica amplia en la que se explique a los creadores los beneficios que pueden derivarse del uso de licencias abiertas mediante las que sus obras puedan circular con libertad evitando, lateralmente, que las sociedades de gestión ingresen aquello que no les corresponde. Es necesario, en síntesis, demandar más transparencia y explicar, claramente, qué son y para qué sirven los nuevos modelos de propiedad intelectual, tal como reconoce, veladamente, la declaración del Parlamento europeo, que: "estima "vital" una reforma de los derechos sobre la propiedad intelectual, sin olvidar que estos derechos son "indispensables para la supervivencia de las industrias culturales".



Acceso sí, con canon mientras sea necesario, en un contexto de transparencia administrativa meridiano soportado por una labor pedagógica que aboque a un uso masivo de licencias de nuevo cuño.

7:41 | gestionado por Joaquín Rodríguez | Enviar comentario (3)