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lunes, 19 de marzo de 2007

Este título remeda el del artículo que Soledad Gallego-Díaz escribió el viernes 16 de marzo en el diario El País, Ni se le ocurra tararear a Mozart, porque trata de profundizar en el acertadísimo debate sobre el conflicto entre el derecho a la propiedad intelectual y el de la difusión pública de la cultura y el conocimiento.

 No al préstamo de pago


La Directiva 92/100/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual establece la obligación de abonar, por cada préstamo que se realice en una biblioteca, un canon determinado, sin que esa obligación sea soslayable. Cabe, dentro de la interpretación que la ley permite, decidir quién debe satisfacer esas cantidades e, incluso, cuál haya de ser la cuantía final. No diferencia entre tipos de bibliotecas, no establece una tipología de posibles exclusiones, de forma que debe concluirse que todas las bibliotecas —públicas, escolares, universitarias, privadas— deberán cumplir ineludiblemente con el precepto. Algún informante bien situado cuyo nombre no desvelaré me comenta que incluso  —nuestra entidad de gestión colectiva, a la que le tocaría recaudar lo ingresado mediante el canon—, inquietado por los efectos secundarios que podrían derivarse de esta impopular medida, quiere excluir del pago a las bibliotecas escolares.

Pero el fundamento de la discusión, sean o no justamente excluidas las bibliotecas escolares del pago del canon, del extremo afán recaudador de las políticas exageradamente liberarles del Consejo Europeo y de las entidades de gestión, es otro: ¿por qué debería abonarse dos veces el derecho a la propiedad intelectual, una cuando se adquiere el libro y otra cuando se presta? ¿no es obvio que la política de adquisiciones de las bibliotecas de uno u otro tipo suponen ya una forma de patrocinio y fomento de la industria editorial lo suficientemente importante y generoso como para no lastrarla de esa manera (porque lo que se pague por el canon habrá que detraerlo de algún sitio, y mucho me temo que esa resta se realice en la partida presupuestaria dedicada a las adquisiciones)? ¿por qué habría de estar gravado el préstamo dentro de una biblioteca y no el préstamo entre particulares? ¿por qué uno sí y el otro no? Si CEDRO o cualquier otra entidad de gestión colectiva en el ámbito de la Unión no considerara pertinente excluir a las bibliotecas escolares, ¿habría de pagar finalmente el canon? ¿no estamos hablando continuamente en los últimos tiempos, sobre todo los editores a través de sus respectivos gremios, de la necesidad de promover las adquisiciones en bibliotecas escolares a través de una dotación presupuestaria estatal? ¿tendrá que poner el Estado, entonces, el dinero para los libros y el dinero para el préstamo de los libros también aquí? ¿Ha realizado CEDRO, a todo esto, alguna encuesta entre sus pretendidos representados para establecer si deben o no ser más papistas que el Papa, si deben constituirse en cancerberos de los derechos de acceso o convendría, por el contrario, que suavizaran su postura de acuerdo con el deseo de muchos autores?

La extensión inmoderada de cualquier derecho, incluido el de la propiedad intelectual, puede dañar derechos afines de igual o mayor relevancia, como es el del acceso al conocimiento y la cultura, y en este caso, en el que no se lesionan los primeros porque sus contenidos ya han sido previamente adquiridos, no parece que convenga castigar los segundos por un afán recaudatorio exacerbado y mal entendido. Puede, incluso, que si seguimos estirando inmoderadamente la propiedad intelectual, ocurra lo que un amigo abogado me comentó hace poco: en un anuncio televisivo se podían escuchar, tarareadas o silbadas dos estrofas de un tema de Caetano Veloso. Su compañía discográfica interpuso inmediatamente una demanda ante el juez. Afortunadamente, el juez tuvo el buen juicio de desoír la protesta y archivar por infundado el caso. Pero puedo imaginarme que un día cualquiera, si uno pretende citar a Kafka en público, a algún editor se le pase por la cabeza demandarnos.

El movimiento que apadrina esta segunda postura se llama “No al préstamo de pago”, y vale la pena apoyarlo y unirse a él.

2:10 | gestionado por Joaquín Rodríguez | Enviar comentario (4)