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lunes, 28 de mayo de 2007


Uno de los grandes retos pendientes de la industria en España es el apoyo a los empresarios, crear un tejido social que transforme las empresas en centros de producción. Los grandes países, punteros en economía e industria, apuestan por los emprendedores como forma de hacer una sociedad más competitiva y dinámica. Sin ellos, el giro que va dando cada día la sociedad sería más lento y costoso. Si, además, hay instituciones o fundaciones que apoyan el trabajo de los emprendores, mejor. En este caso, everis, continúa con su Premio de Emprendedores de su Fundación. Desde aquí animamos a los lectores de este blog y a los alumnos a que participen y tomen una experiencia creativa más en su vida. Por cierto, el premio para el ganador es suculento. Y también para los finalistas.
Pasen y lean.

La Fundación everis  ha decidido convocar un premio que fomente la aparición de nuevos emprendedores avalados o descubiertos por académicos de reconocido prestigio y que facilite la financiación de proyectos empresariales con claros objetivos de innovación, viabilidad y beneficio para la sociedad.

La Fundación everis  considera necesario fomentar ese espíritu emprendedor en el ámbito universitario y científico español, donde hay una gran calidad en la investigación pero en la que escasean talentos empresariales capaces de llevar a la práctica proyectos con valor comercial. 

Para contribuir a atender esta necesidad de la sociedad española, la Fundación everis  ha dotado económicamente este Premio de “Emprendedores Académicos” y, además, ha decidido implicarse en el desarrollo de los proyectos premiados cada año aportando su conocimiento y colaboración durante las primeras fases.

  • Objeto de la convocatoria:

    La mayor parte de los premios que se conceden en distintos ámbitos empresariales o académicos tienen como uno de sus objetivos más relevantes el reconocimiento de logros y protagonistas cuya aportación y contribución a la Sociedad ha quedado patente y demostrada. Menos frecuente resulta encontrar premios que reconozcan como mérito esencial el potencial de una idea o un proyecto, y que se conciban como un estímulo para que esa idea pueda transformarse en una nueva empresa que genere valor para la sociedad.

    En la sociedad española es particularmente necesaria la promoción de talentos emprendedores que generen riqueza y empleo mediante el establecimiento de nuevas empresas sostenibles y competitivas, basadas en ideas o conceptos innovadores. La Fundación everis considera en este sentido especialmente necesario fomentar ese espíritu emprendedor y para ello ha decido establecer un Premio que permita la financiación de un proyecto empresarial que presente claros rasgos de viabilidad, innovación y contribución a la sociedad.

    Por otro lado, la Fundación everis desea colaborar estrechamente con los promotores de esa idea, y además de su contribución económica, quiere poner a disposición de estos emprendedores su conocimiento y experiencia participando en el seguimiento del nuevo proyecto durante sus primeras fases.

  • Lugar y fecha de presentación de las propuestas:

    Las propuestas se presentarán en el domicilio social de la Fundación everis (Paseo de la Castellana 141, planta 9ª, 28046 Madrid), hasta las 20,00 horas del día 13 de julio de 2007, por cuadruplicado
  • Participantes:

    Podrá participar en la presente Convocatoria cualquier emprendedor, ya sea que provenga del mundo académico o del empresarial. Podrá ser también un grupo de personas.

    Igualmente podrán concurrir al premio sociedades ya constituidas, que tengan como actividad la detallada en la Base Primera. En este caso, los porcentajes de participación establecidos en la Base Tercera se establecerán en función al valor teórico contable de la Sociedad.

  • Dotación del premio:

    La Fundación everis contribuirá al desarrollo y lanzamiento de la nueva empresa mediante una dotación de 60.000 euros, el Premio. El desembolso del Premio se realizará en sucesivos plazos y hasta que se alcance y complete la referida cantidad, en función a las necesidades de financiación identificadas en las distintas fases de desarrollo del Plan de Negocio contenido en la propuesta, La concesión de la presente contribución resultará compatible con la obtención de cualquier otra subvención o aportación de terceras personas o entidades.
Bases:

Primera. La Propuesta deberá tener como objetivo la creación y explotación de una nueva empresa con personalidad jurídica propia. Esta nueva empresa (en adelante citada como “la Sociedad) comercializará una idea, producto, innovación o metodología, que haga un uso innovador de la tecnología, ateniéndose a las provisiones de un Plan de Negocio.

Segunda. La Fundacióneveris contribuirá al desarrollo y lanzamiento de la nueva empresa mediante una dotación de 60.000 euros, el Premio. El desembolso del Premio se realizará en sucesivos plazos y hasta que se alcance y complete la referida cantidad, en función a las necesidades de financiación identificadas en las distintas fases de desarrollo del Plan de Negocio contenido en la propuesta, La concesión de la presente contribución resultará compatible con la obtención de cualquier otra subvención o aportación de terceras personas o entidades.

Tercera. La concesión, entrega y aportación del Premio se materializará a través de un Convenio entre la Fundacióneveris y el emprendedor. En este Convenio quedará explícitamente reflejada y aceptada por las partes la condición de que se constituya la Sociedad.

Cuarta. El capital social de la Sociedad, a la que debe quedar comprometido el desembolso del Premio, se distribuirá en los siguientes porcentajes:

          • El emprendedor recibirá una participación liberada del 85%.

          • La Fundacióneveris, mantendrá una participación del 15% restante. La Fundación concederá al emprendedor una opción de compra gratuita sobre dos tercios de su participación a ejercitar en el plazo de 3 años desde la constitución de la Sociedad.

Ver el resto de las bases Aquí

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Fundación everis convoca el premio ensayo 2007

Por sexto año consecutivo la Fundación premiará aquellos ensayos que desarrollen una reflexión sobre cualquiera de los variados impactos o cuestiones de política de empresa que se plantean en la actualidad.

Ver información de las bases y del premio Aquí

Fuente:
Fundacion everis

18:39 | gestionado por Juan Carlos Marcos Recio/Juan Miguel Sánchez Vigil | Enviar comentario (2)

En estos días de Feria del Libro de Madrid, en este blog, defensor de la lectura y de los lectores, retomamos un tema que había perdido fuerza pero que no conviene olvidar: el préstamo de libros y el canon que quieren cobrar a las bibliotecas. Ahora que las estadísticas son favorables al aumento de lectores, que las administraciones ayudan con campañas en fomento de la lectura y que aumentan los sitios de Internet con libros para leer y disfrutar, se empieza a discutir sobre el canon de las bibliotecas. Nuestro punto de partida es CLARO: NO AL CANON. La lectura es libre y y creativa. Dejémosla que fluya. Pasen y lean este reportaje publicado en Consumer.

Se impone un canon de 0,20 euros para cada ejemplar adquirido
por las bibliotecas destinado al préstamo público


El Proyecto de Ley de la Lectura, del Libro y las Bibliotecas aprobado por el Congreso el pasado mes de abril impone el establecimiento de un canon por préstamo bibliotecario de 0,20 euros por cada ejemplar adquirido por las bibliotecas públicas a partir de la aprobación de la Ley. Esta medida, que supone un total de 1,4 millones de euros anuales, es la respuesta a la sentencia dictada contra España por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado octubre por incumplimiento de la Directiva 92/100 de 1992, que reconocía el derecho de los autores a ser remunerados por el préstamo de sus obras. Según el Ministerio de Cultura, el incumplimiento de esta Directiva, por el que han sido condenados asimismo Bélgica, Italia, Irlanda y Portugal, supondría una multa de 300.000 euros diarios de sanción a partir de la fecha de la sentencia.

La Unión Europea en 1992 estableció la Directiva sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la Propiedad Intelectual donde se reconoce el derecho exclusivo del autor de autorizar el préstamo de su obra. Paralelamente, se faculta a los estados para disponer que la autorización no sea necesaria en determinadas instituciones si a cambio se establece una compensación económica para el autor. Esto obligaba a los estados miembros a incorporar a su legislación un canon por los préstamos en las bibliotecas, como forma de proteger los derechos de los autores en el caso de préstamo público.

Leer resto del reportaje en:
Consumer

11:22 | gestionado por Juan Carlos Marcos Recio/Juan Miguel Sánchez Vigil | Enviar comentario (1)