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lunes, 14 de abril de 2008

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Entre el 1 de junio y el 1 de diciembre de 2008, unas treinta mil sustancias químicas utilizadas en la actualidad (ácidos, metales, solventes, tensioactivos o colas, entre otras) deberán prerregistrarse en la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA).

 

REACH es el Reglamento relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemicals).


Entró en vigor el 1 de junio de 2007 con el fin de racionalizar y mejorar el marco legislativo anterior sobre sustancias y preparados químicos de la Unión Europea (UE). REACH atribuye una mayor responsabilidad a la industria para gestionar los riesgos para la salud y el medio ambiente que puedan generar las sustancias y los preparados químicos.

 

Para  la coordinación y la aplicación del proceso global de REACH, se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA: European CHemical Agency).

 

REACH afecta a todas las sustancias químicas fabricadas o importadas en la UE en cantidades anuales iguales o superiores a una tonelada. El registro obligatorio de nuevas sustancias se iniciará el 1 de junio de 2008. Las empresas que no hayan prerregistrado antes del 1 de diciembre de 2008 una sustancia que se encuentra en fase transitoria no podrán importarla ni fabricarla después de esa fecha hasta haber realizado su registro completo en la ECHA.

 

¿En qué consisten el prerregistro y el registro?

El prerregistro es gratuito y consiste en presentar a la Agencia información básica, a saber, los datos de la empresa y la denominación de la sustancia química en cuestión. El proceso de prerregistro permitirá a las empresas poner en común los datos sobre las sustancias químicas que van a registrar y, de este modo, reducir costes. El prerregistro es necesario cuando las empresas que fabrican o importan sustancias químicas quieren beneficiarse de los plazos de registro ampliados que se aplican a la mayoría de las sustancias químicas comercializadas en la actualidad. Permite a las empresas presentar el expediente completo de registro antes de 2010, 2013 o 2018, dependiendo de cada caso.

 

El registro es una obligación introducida por REACH que incumbe a los fabricantes e importadores de sustancias químicas. Exige a las empresas que consoliden los datos relativos a los efectos en la salud y el medio ambiente, así como a los riesgos que presentan sus sustancias químicas, y sean capaces de demostrar que éstas pueden utilizarse de manera segura. A continuación, se presenta el expediente a la Agencia.

Se espera que entre el 1 de junio de 2008 y el 30 de mayo de 2018 el registro afecte a unas treinta mil sustancias químicas.

 

Más información:

 

La Comisión Europea ha publicado un documento sobre preguntas frecuentes actualizado, así como una serie de documentos de orientación, a fin de facilitar la aplicación de REACH, describiendo buenas prácticas sobre cómo cumplir las obligaciones. En los próximos días se espera la publicación de nuevos documentos de ayuda. Además, la Comisión ha celebrado hoy en Bruselas un taller sobre REACH – podéis consultar las presentaciones que se han realizado durante el evento en la web.

 

También se ha creado una red de puntos de información nacionales – en España:

 

CENTRO DE REFERENCIA REACH
Parque Científico
Edificio ZYE,  1ª planta
UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
28871-Alcalá de Henares (Madrid)

E-mail: tarazona@inia.es; info@reach-pir.es

Telf.: +34 91 877 24 70/ +34 901 00 25

Fax: +34 91 347 40 08

 

Podéis consultar también el calendario de aplicación del Reglamento, y, comono, no dejeis de leer el Weblog de madri+d sobre Industria Química, Ciencia y REACH.

14:29 | gestionado por Mónica Salgado; Arturo Menéndez | Enviar comentario (0)