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DERECHO DE HUELGA

Enviado el martes, 27 de septiembre de 2005 11:35

 

 

En un pasaje de la nueva Ley de Educación, en curso de elaboración,  se dice: <<Las decisiones colectivas que adopten los alumnos con respecto a la asistencia a clase no tendrán consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción cuando estas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro>>. Barra libre, pues, para el derecho de huelga, sin contrapartidas de ninguna clase.  A un trabajador se le descuenta <<la parte correspondiente de sus haberes; un niño puede hacer lo que quiera sin ninguna contrapartida. ¿Educación para la libertad; O para la irresponsabilidad? Los nefastos resultados de la LODE y compañeras mártires en la materia no se tienen en cuenta en absoluto. Nuestros centros públicos, tan amados, es un decir, por el partido en el Gobierno han sido objeto de una sistemática degradación;  pero al Gobierno le trae sin cuidado. <<La arruga es bella>, la indisciplina es bella, el desorden es bello. Adelante, pues.

 

MIGUEL GARCÍA-POSADA


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