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domingo, 06 de abril de 2008

Manuel Fernández Ordóñez

Para no dejar lugar a la especulación, seré tajante en este punto. La Ley 15/1980 de 22 de abril, posteriormente modificada por la Ley 33/2007 de 7 de noviembre establece que el Consejo de Seguridad Nuclear es el "único organismo competente en materia de seguridad nuclear y de protección radiológica". Quiere esto decir que el único organismo que puede decidir si una instalación nuclear es segura o no, si una central nuclear está operando de forma segura o no es el Consejo de Seguridad Nuclear. No son los dueños de la central nuclear, ni la comunidad científica, ni las asociaciones ecologistas, ni las asociaciones de vecinos ni los sindicatos. Única y exclusivamente el Consejo de Seguridad Nuclear.

Una vez matizado este importante punto, vayamos a los hechos. El pasado Viernes, 4 de Abril, el titular de la central nuclear de Ascó (Tarragona) comunicó -como obliga la ley- al Consejo de Seguridad Nuclear la detección de partículas radiactivas en el exterior de los edificios de la planta y dentro de su emplazamiento. Para no dejar ningún resquicio a la duda, la interpretación ni la manipulación de los hechos, transcribo a continuación la nota emitida por el Consejo de Seguridad Nuclear, que puede leerse aquí:

"El titular de la central nuclear de Ascó (Tarragona) ha comunicado ayer, 4 de abril de 2008, al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), siguiendo el procedimiento reglamentario, el suceso notificable consistente en la detección de partículas radiactivas en el exterior de los edificios de la planta y dentro de su emplazamiento.

En el transcurso de la vigilancia radiológica que se realiza periódicamente, el titular ha detectado partículas radiactivas en áreas exteriores a los edificios de la central. Las partículas se encontraron en la unidad I, en la terraza de los edificios de combustible, auxiliar, control, turbinas, así como en las zonas adyacentes a los mismos.

Las acciones que se están llevando a cabo, por parte del titular, son: retirada de las partículas a medida que se van localizando; incremento de la vigilancia en las zonas del interior del emplazamiento; peinado de las zonas exteriores, en la dirección de los vientos dominantes dentro del emplazamiento.

El titular indica que la hipótesis más probable sobre la procedencia de las partículas está en el sistema de extracción y filtración de aire del edificio de combustible. Dicho sistema resultó contaminado durante las operaciones de limpieza al finalizar la recarga de combustible de la unidad I en noviembre de 2007.

La radiactividad total de las partículas encontradas apunta a que la cantidad de actividad vertida al exterior de los edificios fue reducida y en el escenario más desfavorable podría dar lugar a dosis a los trabajadores, al público y al medio ambiente, muy por debajo de los límites legales establecidos.

El Consejo de Seguridad Nuclear ha desplazado un equipo de inspección al emplazamiento para investigar y esclarecer el suceso y realizar comprobaciones radiológicas independientes."

La negrita es mía, no está en el original. Me gustaría hacer hincapié en que, en el peor de los escenarios posibles, la dosis que podría recibir alguien está muy por debajo de los límites legales establecidos. Para ponerlo en lenguaje que entendamos todos, si a usted le hacen un radiografía recibirá una dosis cientos de veces mayor a la que recibiría debido a este incidente en Ascó, incluso si usted trabaja dentro de la central.

Conviene aclarar que muchos de los grupos de presión habituales están ya lanzando las campanas al vuelo con especulaciones falaces. Con el único afán de aprovechar la más mínima oportunidad para apelar al pathos emocional, han salido ya a la palestra con afirmaciones del tipo: "una fuga de ese material radiactivo debido a un fallo en alguno de los procesos de depuración y filtrado del agua sumamente radiactiva (que ha pasado por el núcleo del reactor) durante la pasada recarga de combustible, que tuvo lugar en octubre de 2007". La negrita también es mía. Cuando el explotador de la central dice claramente que la hipótesis más probable recae en el sistema de extracción y filtración del aire del edificio de combustible, ellos dicen -me gustaría saber cómo- que el origen está en un error en el proceso de filtración del agua de recarga. Es del todo evidente que ningún grupo puede saber qué es lo que puede haber sucedido en la central, ya que ni siquiera el Consejo de Seguridad Nuclear ha emitido aún una evaluación definitiva. Sin embargo, haciendo un nuevo alarde de irracionalidad, algunos ya parecen saber, con todo lujo de detalles, lo que ha sucedido. ¿No será que en realidad dá un poco igual la verdad de lo sucedido y lo único que se necesita es una excusa para hacer ruido?

España, que ratificó el 15 de diciembre de 2004 el convenio de Aarhus, lo hizo realidad en nuestra legislación mediante la Ley 27 de 2006 "que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en la que se garantiza el derecho de los ciudadanos al acceso a la información, la participación de la sociedad en el funcionamiento del CSN y el derecho a la interposición de recursos". De acuerdo a esto, el artículo 14.1 de la Ley 33/2007, que ya hemos mencionado, dice: "El CSN informará a los ciudadanos sobre todos los hechos relevantes relacionados con el funcionamiento de las instalaciones nucleares y radiactivas, especialmente en todo aquello que hace referencia a su funcionamiento seguro, al impacto radiológico para las personas y el medio ambiente, a los sucesos e incidentes ocurridos en las mismas, así como de las medidas correctoras implantadas para evitar la reiteración de los sucesos."

Por tanto, en cumplimiento de la Ley vigente, esperaremos a que el Consejo de Seguridad Nuclear depure responsabilidades y extraiga las conclusiones pertinentes. Posteriormente informaremos a nuestros lectores y exigiremos responsabilidades, no antes.

14:50 | gestionado por Daniel Cano, Manuel Fernández y José Luis Pérez | Enviar comentario (18)